- 30 noviembre, 2022
- Publicado por: Jafet Cetz
- Categoría: Para CONTADORES

¿Se actualiza el subsidio al empleo?
La Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR) preveía, hasta el ejercicio 2007 la aplicación de un Crédito al Salario para las personas físicas que percibieran ingresos por salarios, aplicable contra el impuesto por salarios. Este crédito se establecía en el Artículo 115.
Esto se eliminó apartir de 2008 y se remplazó por el “Subsidio al Empleo”usando la misma tarifa con los mismos rangos.
La Ley del ISR en su artículo 177 , vigente hasta el ejercicio 2007, preveía que la tarifa del crédito al salario se actualizara con inflación cuando esta excediera de 10%. Ésta, al igual que la tarifa del impuesto, jamás fue actualizada desde 2004.

El actual Artículo 152, en el que se establece el Subsidio al Empleo, no prevé ninguna actualización; así permanecerán hasta que sean reformadas directamente.
Esto significa que la tarifa del SE ha perdido su valor en lo equivalente a la inflación de 18 años
En estos términos, el SE dejará de ser aplicable dentro de pocos años, ya sea porque el nivel de salario mínimo sea superior al máximo rango de la taba de SE, o bien, porque la propia inflación lo diluya hasta no ser representantivo.